20.10.2026, 17:05

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Tregua de caza en bosque privado: pacificación de terrenos privados por motivos éticos

Los propietarios privados deben poder solicitar que sus terrenos queden excluidos de la caza recreativa por razones éticas. El trasfondo lo constituyen la garantía de la propiedad, la libertad de conciencia y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

1. Moción

Se encarga al Consejo de Gobierno que presente al Gran Consejo un proyecto de modificación de la ley sobre caza y protección de animales salvajes (………) y del reglamento de caza (…………), mediante el cual se introduzca en el cantón de (………) la posibilidad de la pacificación cinegética de terrenos privados por razones éticas. La revisión legal deberá garantizar, en particular, que:

  • los propietarios de bosques privados y de otros terrenos privados en el cantón de (………) puedan exigir, previa solicitud, que en sus terrenos deje de practicarse la caza con fines recreativos, cuando rechacen la caza por convicciones éticas fundamentales.
  • dichos terrenos figuren en el derecho de caza como zonas con prohibición de caza o como distritos cinegéticamente pacificados y se integren en la planificación cinegética.
  • los requisitos y el procedimiento para la pacificación cinegética se regulen en la ley, a saber:
    • competencia de la autoridad que dicta la resolución
    • forma de la solicitud y acreditación de los motivos éticos
    • naturaleza jurídica de la resolución, incluidas las posibilidades de impugnación
  • se preserven los intereses públicos prevalecientes, de modo que, en casos excepcionales estrictamente delimitados, la autoridad competente pueda seguir realizando intervenciones puntuales, en particular en casos de:
    • lucha contra epizootias y prevención de epizootias ante un peligro inmediato para las personas o una amenaza considerable para bienes materiales importantes, o por razones imperiosas de protección de la naturaleza
    En estos casos, las intervenciones deberán ser realizadas, por regla general, por los guardas de fauna y limitarse al mínimo necesario.
  • el Consejo de Gobierno exponga en el mensaje:
    • el orden de magnitud de la superficie de bosque privado y de otros terrenos privados que podría verse afectada por la posibilidad de la pacificación cinegética
    • cómo repercute esto en la planificación cinegética, en la planificación de capturas y en la regulación de los daños causados por la fauna
    • qué consecuencias financieras y organizativas cabe esperar para el cantón y los municipios.
  • que la nueva regulación está expresamente en consonancia con el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la caza forzosa, reforzando así la garantía de la propiedad y la libertad de conciencia de los propietarios y propietarias de terrenos.

El Consejo de Gobierno tendrá en cuenta en su proyecto las disposiciones transitorias necesarias, en particular en lo relativo a las planificaciones de caza existentes y a las relaciones de caza en curso.

2. Breve justificación

Hoy en día, los propietarios y propietarias de terrenos del cantón tienen que tolerar que personas ajenas cacen con fines recreativos en sus fincas, aunque rechacen la caza por convicciones éticas fundamentales. Si bien el derecho cantonal de caza contempla reservas de caza, zonas de tranquilidad para la fauna y otras áreas protegidas, no reconoce ningún derecho individual de los propietarios y propietarias de terrenos a declarar sus superficies libres de caza por motivos de conciencia.

El Convenio Europeo de Derechos Humanos protege tanto la propiedad como la libertad de conciencia. En las sentencias «Chassagnou contra Francia» (1999) y «Herrmann contra Alemania» (2012), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sostuvo que los propietarios y propietarias de terrenos que rechazan la caza por razones éticas no pueden ser obligados a tolerar el ejercicio de la caza en sus tierras. Estas sentencias se basan en la protección de la propiedad del primer Protocolo adicional al CEDH, que Suiza no ha ratificado. Sin embargo, la libertad de conciencia rige en Suiza sin restricciones, tanto según el art. 9 del CEDH como según el art. 15 de la Constitución Federal. La Confederación y los cantones están obligados a configurar su ordenamiento jurídico de conformidad con los derechos fundamentales.

Quien rechaza la caza por motivos de conciencia no puede ser obligado por el Estado a tolerar sangre y balas en su propio terreno. Las fincas libres de caza no son nada radical, sino una consecuencia largamente pendiente de la garantía de la propiedad, la libertad de conciencia y la protección de los animales.

La ley federal de caza establece el marco para la protección y el aprovechamiento de los mamíferos y las aves silvestres. No obstante, los cantones disponen de un margen de maniobra considerable en cuanto al sistema de caza, el territorio de caza, la planificación cinegética y las disposiciones de protección adicionales. Dentro de ese margen, el cantón puede (……) excluir terrenos del ejercicio de la caza y, con ello, tanto crear nuevos espacios de tranquilidad para los animales salvajes como reforzar los derechos de los propietarios y propietarias de terrenos.

Según el derecho federal, ningún cantón de Suiza está obligado a permitir la caza recreativa. Es derecho de los cantones decidir si autorizan la caza o no. Si un cantón decide oponerse a la caza, total o parcialmente, puede hacerlo libremente conforme a la Constitución federal. El cantón de Ginebra ya optó hace tiempo por este camino ejemplar.

Con la presente moción se encarga al Consejo de Estado crear una base legal clara para que los propietarios y propietarias de bosques privados puedan declarar sus terrenos libres de caza por razones éticas. Al mismo tiempo, se garantiza que se salvaguarden los intereses públicos prevalentes, como la lucha contra epizootias, la seguridad y la protección de la naturaleza, y que se expongan con transparencia las repercusiones sobre la planificación cinegética, la planificación de capturas y la regulación de los daños causados por la fauna. De este modo, el cantón (……) gana en seguridad jurídica y armoniza su legislación de caza con las exigencias en materia de derechos humanos.

3. Situación en los cantones

Berna: La diputada del Gran Consejo Susanne Clauss presentó en 2026 la interpelación «Cazar en terreno privado». El Consejo de Estado rechazó la declaración de terreno libre de caza y se basó en el primer Protocolo adicional al CEDH, que Suiza no ha ratificado. Dejó de lado la libertad de conciencia (Cómo el cantón de Berna esquiva la libertad de conciencia en la caza).

Tesino: El 19 de octubre de 2026, las diputadas del Gran Consejo Tamara Merlo y Maura Mossi Nembrini (Più Donne) presentaron una interrogazione. Preguntan al Consejo de Estado si los cazadores recreativos pueden abrir portones y salvar vallas para cazar en terreno privado, y qué límites rigen en pastos y recintos de animales. En ella no se aborda la declaración de terreno libre de caza por razones éticas (Cazadores recreativos en terreno privado: diputadas del Tesino exigen claridad).