18.09.2026, 17:37

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Texto modelo: Protección de rebaños en lugar de abatimientos de lobos

La gestión del lobo en el cantón de (………) debe orientarse de manera consecuente hacia la protección de rebaños, la prevención y la información objetiva. Los abatimientos de lobos deben limitarse, como último recurso, a casos excepcionales claramente definidos.

1. Moción

Se encarga al Consejo de Gobierno presentar al Gran Consejo un proyecto de modificación de la ley sobre caza y protección de la fauna salvaje (………), así como de las disposiciones cantonales de ejecución del derecho federal sobre la protección de los depredadores (en particular el lobo). El objetivo es una gestión cantonal del lobo que priorice claramente la protección de rebaños y las medidas no letales, y que limite el abatimiento de lobos a casos excepcionales estrictamente delimitados.

La revisión de la ley y del reglamento debe garantizar, en particular, que:

  • el cantón adopte un plan de gestión del lobo vinculante y actualizado periódicamente, que:
    • se base en fundamentos reconocidos de biología y etología de la fauna salvaje
    • establezca la protección de rebaños y la prevención como máxima prioridad
    • defina competencias y procedimientos claros en caso de conflicto.
  • el cantón fomente sistemáticamente las medidas de protección de rebaños en zonas con presencia de lobos y en zonas potenciales de lobos, en particular mediante:
    • contribuciones financieras para vallados adecuados para los animales y aptos contra el lobo, así como para perros de protección
    • asesoramiento y planificación gratuitos o subvencionados de conceptos de protección de rebaños
    • formación y capacitación continua para los ganaderos y las autoridades de ejecución.
  • el cantón tenga en cuenta la protección de rebaños efectiva al conceder indemnizaciones por ataques a animales de ganadería, en concreto:
    • criterios transparentes sobre cuándo un daño se considera indemnizable
    • incentivos para la implementación y la aplicación coherente de la protección de rebaños
    • que no se favorezca a las explotaciones que, pese a disponer de posibilidades razonables, no implementan una protección de rebaños suficiente.
  • el abatimiento de lobos solo se contemple bajo las siguientes condiciones acumulativas:
    • se cumplen los requisitos legales del derecho federal
    • la explotación dispone de una protección de rebaños acorde con el estado de la técnica
    • se han examinado y aplicado seriamente medidas no letales
    • una evaluación técnica independiente confirma de manera comprensible la necesidad y la proporcionalidad de un abatimiento.
  • las autorizaciones para abatir lobos:
    • se limiten al número estrictamente necesario y a un período estrechamente delimitado en el tiempo
    • se justifiquen de forma transparente y se publiquen de manera adecuada
    • se restrinjan, en la medida de lo posible, a individuos o manadas identificados, con el fin de evitar intervenciones indiscriminadas en la población.
  • que el cantón lleve a cabo una recopilación y notificación sistemática de datos sobre la presencia del lobo, los ataques al ganado, las medidas de protección de rebaños y las intervenciones autorizadas, y los haga públicos anualmente.
  • que el cantón lleve a cabo activamente una política de información objetiva frente a la población, en particular mediante:
    • la divulgación sobre la biología y el comportamiento del lobo
    • una representación realista de los riesgos y conflictos
    • la prevención y el rechazo de la propaganda basada en el miedo y en imágenes enemigas.
  • que el Consejo de Gobierno exponga en su mensaje:
    • qué margen de maniobra legal tiene el cantón en la aplicación del derecho federal relativo al lobo
    • cómo contribuyen concretamente las regulaciones propuestas a minimizar los conflictos
    • qué repercusiones organizativas y financieras cabe esperar para el cantón.

El Consejo de Gobierno garantiza que las disposiciones cantonales sean compatibles con el derecho federal, pero que, en lugar de socavar la protección mínima del lobo establecida por el derecho federal, la concreten en la dirección de una gestión moderna de los grandes depredadores orientada a la prevención.

2. Breve justificación

El lobo regresa como especie autóctona al paisaje suizo. Su reasentamiento es consecuencia de la modificación del marco jurídico y de la evolución de la sociedad. Sin embargo, algunos sectores del lobby de la caza recreativa y de la agricultura lo combaten con una comunicación del miedo masiva y campañas políticas. El lobo se utiliza deliberadamente como chivo expiatorio de los problemas estructurales de la ganadería y la agricultura.

De hecho, la experiencia de numerosas regiones de Europa demuestra que los conflictos con el lobo se agravan sobre todo allí donde se descuida la protección de rebaños y donde las señales políticas apuestan por el abatimiento en lugar de la prevención. Los animales de pastoreo insuficientemente protegidos en zonas con presencia de lobos constituyen un problema previsible, no un fenómeno natural inexplicable.

En lugar de exigir constantemente nuevas cuotas de abatimiento y una flexibilización de facto del estatus de protección, se necesita una prioridad clara y jurídicamente vinculante para la protección de rebaños y las medidas no letales. Solo así se pueden mitigar los conflictos de forma sostenible, sin volver a empujar a una especie estrictamente protegida al borde de la extinción.

Un plan cantonal de gestión del lobo, respaldado por bases jurídicas vinculantes, crea transparencia y fiabilidad para todas las partes implicadas:

  • Los ganaderos saben en qué condiciones recibirán apoyo e indemnización
  • Las autoridades de ejecución obtienen directrices claras para tomar decisiones
  • La población puede comprender cómo se gestiona la cuestión del lobo
  • El lobo deja de ser el juguete de campañas políticas de corto plazo.

El cantón (………) dispone, en el marco de la ejecución del derecho federal, de un margen de maniobra para configurar de forma autónoma el manejo del lobo, siempre que se respete la protección mínima establecida por el derecho federal. En particular, puede hacer mucho más que limitarse a aplicar los requisitos mínimos federales en los ámbitos de la protección de rebaños, la transparencia, la disponibilidad de datos y la política de información.

La presente moción no exige una multiplicación descontrolada de lobos, sino un manejo responsable y previsor de una especie protegida. En casos excepcionales seguirán siendo posibles los abatimientos, pero se vincularán a condiciones estrictas como último recurso. El centro de atención lo ocupan la prevención, la protección de rebaños, la información objetiva y el abandono de la propaganda emocionalizada en contra de la caza y del lobo.

Quien deja a los animales de pastoreo sin protección en zonas de presencia del lobo no tiene un problema con el lobo, sino un problema de protección de rebaños. La política y la administración deben reconocerlo por fin con honestidad y actuar en consecuencia.