Rebaja de la protección del lobo: jurídicamente cuestionable
Actualmente Suiza está tratando a sus lobos de una manera que no solo suscita grandes reparos, sino que podría sentar un precedente para los Estados miembros de la UE.
El 24 de junio de 2025 entró en vigor la rebaja de la protección del lobo gris (Canis lupus) por parte de la UE.
Algunos países como Bélgica, la República Checa, Hungría, los Países Bajos, Polonia y Portugal han indicado hasta ahora que mantendrán la «protección estricta» del lobo.
Como país no perteneciente a la UE, Suiza no está vinculada a la legislación comunitaria, pero su proceder en la caza desatiende principios fundamentales del Convenio de Berna y vulnera así normas de protección de la naturaleza internacionalmente vinculantes.
El cantón del Valais vuelve a dar mal ejemplo y, entre septiembre de 2024 y enero de 2025, abatió un total de 34 lobos, en parte con métodos ilegales, durante la caza . Un análisis de ADN mostró que solo la mitad de los animales muertos pertenecía a las manadas problemáticas autorizadas por la Oficina Federal de Medio Ambiente.
La masacre proactiva de lobos, también en Grisones y otros cantones, no se basa en hechos científicos ni en el conocimiento sobre los lobos, sino en una ruidosa propaganda. Los cantones no reaccionan de forma situacional o selectiva ante problemas o daños que podrían considerarse excepciones justificadas en el sentido del Convenio de Berna, sino que quieren diezmar la población de forma general y a gran escala, cueste lo que cueste. Lo que se vende como regulación es un proyecto de eliminación motivado ideológicamente que pretende desplazar a los lobos, tan importantes para el ecosistema. Y ello en favor de una ganadería de pastos que hace tiempo perdió toda medida y proporción, con sus consecuencias perjudiciales para la flora y la fauna en el ámbito alpino.
Está internacionalmente mal visto y es éticamente inaceptable matar cachorros de lobo. Suiza es criticada una y otra vez por el Convenio de Berna por su política sobre el lobo. Además, el término recién utilizado ‘regulación de base’ no está definido ni mencionado ni en la Ley de Caza ni en el Reglamento de Caza.
El lobo no está incluido en el derecho de caza, al igual que la cabra montés, el gato montés, el lince, el chacal dorado, el oso, la nutria, etc. Todos se consideran protegidos, según consta en el sitio web de la BAFU. Por lo tanto, los hobby hunters tampoco pueden intervenir. Esto queda reservado únicamente al guarda de caza. Que los hobby hunters sean incluidos en la denominada regulación de base es en realidad jurídicamente imposible. También el lobo se cuenta en Suiza entre las especies no cazables y por tanto no está sujeto a la potestad cantonal de caza. El lobo es y sigue siendo un animal protegido, y un hobby hunter no tiene derecho a ponerlo en la mira como a todos los demás animales protegidos. También el presidente de caza Charles-Henri de Luze, en el cantón de Vaud, se ha manifestado con toda claridad al respecto: que esto, en todo caso, es tarea del guarda de caza.
Los Estados miembros de la UE-27 disponen ahora de 18 meses para trasponer las directrices al derecho nacional.
No obstante, esta trasposición no es obligatoria, e instamos encarecidamente a los Estados miembros a que se abstengan de modificar sus respectivas legislaciones, o que al menos lo aplacen, por las siguientes consideraciones:
Inseguridad jurídica
Según los expertos jurídicos, la propuesta de modificación de la UE presenta «deficiencias notables», y actualmente hay varios procedimientos pendientes sobre la decisión de la UE de incluirlo en la Lista 2. Entre ellos se encuentran un caso presentado por ClientEarth ante el Defensor del Pueblo Europeo sobre la recopilación de datos sobre lobos y una demanda de cinco asociaciones ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), en la que se alega, entre otras cosas, una falta de rigor científico y una infracción de las normas procesales de la UE. Cabe señalar que el TJUE ha subrayado en repetidas ocasiones la necesidad de «rigor científico y precaución», y que recientemente ha dictaminado que las especies protegidas que han alcanzado un estado de conservación favorable (FCS) «deben protegerse frente a cualquier deterioro de ese estado». Por lo tanto, si el procedimiento judicial en curso conduce a la anulación de la decisión de rebajar el estatus, las modificaciones de las leyes nacionales podrían dejar de ser compatibles con el Derecho de la UE.
Ausencia de una base científica sólida
La decisión de la UE de rebajar el estatus de protección del lobo se considera ampliamente como motivada políticamente y no basada en fundamentos jurídicos y científicos sólidos, lo que la sitúa en contradicción con los principales requisitos de la Directiva de Hábitats de la UE. En su dictamen, la Large Carnivore Initiative for Europe (LCIE) calificó la rebaja de estatus como «prematura y errónea», y otros 700 científicos y académicos expresaron su preocupación por la decisión en dos cartas abiertas dirigidas al Secretario General del Convenio de Berna. En efecto, la propuesta de rebaja de estatus no está respaldada por datos ecológicos y de población actualizados. Los lobos de Europa no pertenecen a una única población, y la mayoría de las subpoblaciones de la UE siguen estando amenazadas, en peligro o vulnerables. De acuerdo con la Directiva de Hábitats, los Estados miembros están facultados —y en algunos casos obligados— a mantener normas de protección más estrictas que las establecidas a nivel de la UE, especialmente cuando la ciencia recomienda medidas de conservación adicionales.
Los argumentos socioeconómicos son jurídicamente irrelevantes
Como el TJUE aclaró recientemente, las consideraciones socioeconómicas, incluidas las relativas a los predadores, no son motivos válidos para modificar el estatus de protección con arreglo a la Directiva Hábitats.
Además, en 2023 los lobos fueron responsables de apenas el 0,065 % de la mortalidad de ovejas y cabras en la UE (las principales especies objetivo de , y las pérdidas de ganado por ataques de lobos se compensan actualmente mediante medidas de indemnización y prevención financiadas a través de mecanismos de la UE como la Política Agrícola Común (PAC).
Ninguna obligación legal inmediata
Si bien la reducción del estatus se decidió en el marco del Convenio de Berna – una vez más, sobre todo por presión de los dirigentes de la UE, no existe ninguna obligación legal vinculante ni plazo que obligue a los Estados miembros de la UE a transponer sin demora esta decisión a sus respectivas legislaciones nacionales. Como ya se ha mencionado, la Directiva Hábitats de la UE prevé un plazo de adaptación de 18 meses, que debería ofrecer tiempo suficiente para lograr claridad jurídica.
Priorizar la coexistencia entre el ser humano y la fauna silvestre frente al control letal
La mayoría de los ciudadanos de la UE valoran la existencia y la conservación de la fauna y la flora silvestres y están convencidos de que la sociedad tiene la responsabilidad de legar ecosistemas completos y saludables a las generaciones futuras. Del mismo modo, la protección legal y la reintroducción de predadores siguen siendo un deseo social. Según una encuesta de 2023, la mayoría de los habitantes rurales de diez países europeos desean la protección de los predadores. Ya es hora de dar prioridad a la coexistencia y a las medidas no letales para proteger a los animales, que han demostrado ser eficaces.
En resumen, cabe afirmar que la decisión, motivada políticamente, de rebajar el estatus de protección del lobo de «estrictamente protegido» a «protegido» carece de fundamento jurídico y científico, y conlleva el riesgo de ser revertida a la espera de una sentencia judicial.
Por ello, la IG Wild beim Wild insta a los 27 Estados miembros de la UE a adoptar todas las medidas nacionales de protección del lobo.
Anexo: Alemania aplica la reducción del estatus de protección
En junio de 2025, la Directiva Hábitats fue modificada en consecuencia y el lobo pasó del Anexo IV al Anexo V. Alemania ya ha aprovechado el plazo e incorporó el lobo a la Ley Federal de Caza en 2026, incluyendo una nueva temporada de caza del 1 de julio al 31 de octubre. Más al respecto en nuestro análisis «Cómo Berlín y Berna autorizan el abatimiento del lobo».
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