Fotos de cazadores con sus presas: dignidad, derecho y la doble moral de la caza
Fotos de trofeos, redes sociales y la resistencia social.
Las fotos de cazadores con sus presas muestran a hobby hunters posando junto a un animal salvaje abatido, y contradicen la dignidad de la criatura consagrada en el artículo 120 de la Constitución Federal.
Estas imágenes están muy extendidas en la cultura de la caza y se comparten en las redes sociales con etiquetas como «Waidmannsheil». Las organizaciones de protección animal ven en ello una vulneración de la dignidad de la criatura, protegida constitucionalmente. Estudios representativos demuestran que entre el 96 y el 99 por ciento de la población reacciona con rechazo ante tales imágenes, y la crítica ha llegado desde hace tiempo también entre los propios hobby hunters jóvenes.
¿Qué son exactamente las fotos de cazadores con sus presas?
El término «Erleger» designa en el lenguaje cinegético al hobby hunter que ha matado a un animal. Las fotos de cazadores con sus presas son, en consecuencia, fotografías que capturan o escenifican ese momento: el animal muerto yace en primer plano, el hobby hunter se arrodilla o está de pie junto a él, a menudo con el arma, a veces señalando con el dedo hacia la cámara. La sangre en el pelaje del animal suele ser visible, y la pose corresponde, desde el punto de vista de la historia de la imagen, a la fotografía de trofeos.
El dosier sobre las fotos de cazadores con sus presas documenta cómo circulan estas imágenes en las redes sociales y qué función social cumplen para los hobby hunters: estatus, pertenencia, escenificación de la masculinidad.
¿Qué dice la Constitución Federal?
El artículo 120, apartado 2, de la Constitución Federal (CF) consagra la «dignidad de la criatura» como principio constitucional. Suiza fue el primer país del mundo en inscribir este concepto en su Constitución en 1992. La Ley de Protección de los Animales (TSchG) concreta este principio: el artículo 1 menciona la protección de la dignidad y el bienestar de los animales como finalidad de la ley; el artículo 3, letra a, define la dignidad como el valor intrínseco del animal, que debe respetarse y que prohíbe toda degradación.
La cuestión de si las imágenes de caza vulneran la dignidad del animal, incluso después de su muerte, se debate seriamente en la literatura especializada. Los juristas Bolliger y Rüttimann argumentan que la dignidad animal, de forma análoga a la dignidad humana (artículo 7 CF), también podría aplicarse post mortem. El derecho aún no ha respondido de forma definitiva a esta cuestión.
¿Qué dice la Ley de Protección de los Animales?
La TSchG presenta lagunas en este ámbito. El artículo 26, apartado 1, letra a, penaliza el maltrato animal: quien vulnere gravemente la dignidad de un animal se arriesga a una pena privativa de libertad de hasta tres años o a una pena pecuniaria. Sin embargo, la práctica demuestra que las imágenes de caza, siempre que documenten un abatimiento legal, apenas son perseguidas por las fiscalías. Un caso en los Grisones, en el que un cazador aficionado publicó imágenes de caza junto con fotos de niños y se inició un proceso penal, terminó sin condena para el cazador aficionado; en su lugar, se persiguió al crítico que había utilizado las imágenes.
¿Qué dice el Código Penal?
El artículo 135 del CP prohíbe las representaciones que muestren violencia cruel contra personas o animales y que vulneren gravemente la dignidad humana elemental. No obstante, según el criterio del Tribunal Federal, este artículo solo se aplica a las imágenes de caza típicas en «casos extremos e inequívocos». Posar de forma normal junto a un animal abatido legalmente no se considera «suficientemente cruel». Esto crea una zona fáctica de impunidad para las representaciones de violencia cinegética en la red.
¿Qué muestran los estudios sobre la percepción social?
Los datos son inequívocos. Un estudio representativo de Bilendi/Respondi del año 2024 (trabajo de fin de máster, FH Burgenland, Generación Z) reveló que entre el 96 y el 99 por ciento de los encuestados reaccionan con respuestas negativas ante las imágenes de caza. El 73 por ciento deseaba advertencias, el 69 por ciento no quiere ver tales imágenes en las redes sociales, y el 67 por ciento afirmó sentir compasión por el animal.
Significativo: También la revista de caza Hirsch&Co constató en su propio análisis que el 70 por ciento de jóvenes cazadoras y cazadores aficionados rechazan las fotos de capturas en redes sociales. El experto en comunicación Fischer calificó estas fotos como «minas comunicativas»: un animal muerto no puede provocar asociaciones positivas.
¿Cómo reaccionan las plataformas de redes sociales?
Las grandes plataformas reaccionan cada vez con más restricciones. Instagram limita automáticamente los contenidos de caza y los clasifica como «contenidos sensibles»; el hashtag #trophyhunting está bloqueado. El alcance de tales imágenes se reduce sin intervención del usuario. Esto significa en la práctica: lo que las cazadoras y los cazadores aficionados entienden como una orgullosa documentación, los algoritmos lo tratan como contenido problemático.
En la caza de trofeos esta relación se hace aún más evidente: la exhibición pública de animales muertos funciona como una señal de estatus que, al mismo tiempo, genera rechazo en amplios sectores de la sociedad.
¿Qué doble moral critican las organizaciones de protección animal?
El reproche de la doble moral es estructural: si una agente de policía posara tras una intervención con una persona muerta y compartiera la imagen en redes sociales, sería despedida de inmediato y perseguida penalmente. En 2021 un tribunal británico condenó a dos policías a 33 meses de prisión cada uno por haberse hecho selfies con los cadáveres de dos víctimas de asesinato (caso Bibaa Henry y Nicole Smallman, Londres). En Renania del Norte-Westfalia se despidió a un aspirante a policía por haberse hecho selfies en el lugar del accidente.
Las cazadoras y los cazadores aficionados no están sujetos a tales consecuencias, aunque el principio básico es idéntico: posar con un cadáver para el propio impacto público. La psicología de la caza muestra que esta pose asigna al animal muerto la función de utilería para el ego, la masculinidad y la jerarquía.
¿Cómo lo abordan otros países?
A nivel internacional existen primeros enfoques regulatorios. El ministro de Medio Ambiente de Namibia, Pohamba Shifeta, promulgó una prohibición de fotos con animales salvajes muertos en redes sociales; la difusión pública solo se permite a particulares con prueba explícita de autorización. En EE. UU., Walmart retiró de su surtido todas las representaciones de violencia cinegética. La UE endurece la regulación de las importaciones de trofeos (Bélgica, Finlandia, Países Bajos y Francia tienen prohibiciones nacionales), lo que también modifica el contexto político de las fotos de capturas.
Suiza va a la zaga: JagdSchweiz recomienda a sus miembros «moderación», pero sin sanciones. Caza y protección de los animales documenta cómo el legislador suizo tiene dificultades estructurales para aplicar de forma coherente el derecho de protección de los animales frente al lobby de la caza.
¿Qué exigen los expertos en protección de los animales y en derecho?
Las exigencias abarcan varios niveles: primero, una ampliación de la protección póstuma de la dignidad de los animales a través de los artículos 3 y 26 de la Ley de Protección de los Animales (TSchG), de modo que la exhibición pública degradante de animales muertos se considere una violación de la dignidad. Segundo, directrices vinculantes sobre redes sociales para los titulares de licencias de caza, que definan las poses con trofeos como incompatibles con una caza recreativa «conforme a las reglas venatorias», con la retirada de la licencia como sanción. Tercero, la inclusión de las imágenes de piezas abatidas en la protección de menores frente a los medios, de forma análoga a otras representaciones de violencia contra los animales.
Conclusión
Las imágenes de piezas abatidas no son una afición inofensiva. Vulneran las normas sociales de dignidad que en cualquier otro contexto habrían sido sancionadas desde hace tiempo, y contradicen la dignidad de la criatura consagrada en el artículo 120 de la Constitución Federal. Estudios representativos demuestran que la población rechaza estas imágenes de forma abrumadora, incluso entre los jóvenes hobby hunters. Mientras la legislación sobre la caza no establezca normas vinculantes y no amenace con la retirada de la licencia como sanción, el marco jurídico seguirá quedándose por detrás del consenso social.
Fuentes
- Art. 120, párr. 2 de la Constitución Federal (dignidad de la criatura), votación popular del 17 de mayo de 1992
- Art. 1, 3 lit. a, 26 párr. 1 lit. a de la Ley de Protección de los Animales (TSchG, SR 455)
- Art. 135 del Código Penal (representaciones de violencia)
- Bolliger/Rüttimann: Rechtlicher Schutz der Tierwürde, en: Ammann et al. (eds.), Würde der Kreatur, Zúrich/Basilea/Ginebra 2015
- Bilendi/Respondi (2024): Trabajo de máster, FH Burgenland, Generación Z e imágenes de piezas abatidas
- Hirsch&Co: Análisis sobre la aceptación de las imágenes de piezas abatidas entre los jóvenes hobby hunters
- Caso Jaffer/Lewis, Old Bailey de Londres, sentencia del 6 de diciembre de 2021 (33 meses por Misconduct in Public Office)
- Namibia: prohibición de las fotos de trofeos en las redes sociales (el ministro de Medio Ambiente Pohamba Shifeta)
Contenidos adicionales
- Imágenes de piezas abatidas: dossier
- Psicología de la caza
- Caza y protección de los animales
- La caza recreativa como espectáculo
- Caza de trofeos
- Mitos de la caza: 12 afirmaciones analizadas con espíritu crítico
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