Prohibición de la caza con trampas y reclamos crueles con los animales
La caza con trampas y reclamos causa graves sufrimientos, estrés y heridas atroces a los animales silvestres y a las especies no objetivo. El cantón (………) debe prohibir las trampas y los métodos de reclamo crueles con los animales y orientar de forma coherente la práctica cinegética hacia las exigencias de la protección animal.
1. Moción
Se encarga al Consejo de Gobierno que presente al Gran Consejo un proyecto de modificación de la Ley sobre la Caza y la Protección de la Fauna Silvestre (………) así como del Reglamento de Caza (…………), mediante el cual se prohíba en el cantón (………) la cruel caza con trampas y con reclamos, y se vincule la práctica cinegética restante a estrictos estándares mínimos de derecho de protección animal.
La revisión de la ley y del reglamento debe garantizar en particular que:
- se prohíba el uso de dispositivos de captura mediante los cuales los animales resulten gravemente heridos, queden atrapados durante largo tiempo presos del pánico o puedan morir lentamente, en particular:
- trampas en las que partes del cuerpo puedan quedar atrapadas o aplastadas
- dispositivos de captura con efecto de ahogamiento o mecanismos comparables.
- se prohíba el uso de trampas en las que los animales queden expuestos sin protección a la intemperie, la humedad, el frío o el calor, con independencia de la especie objetivo.
- se prohíban los cebaderos, las exposiciones de carroña y de alimento destinadas a atraer de forma selectiva a zorros, martas, cornejas, córvidos u otros animales silvestres con fines de caza recreativa.
- se prohíba la caza con reclamos mediante sonidos artificiales, dispositivos de atracción electrónicos o mecánicos, imitaciones acústicas de presas o de congéneres y medios auxiliares de efecto similar sobre animales silvestres.
- se reduzca al mínimo el uso de reclamos con sustancias odoríferas, orina, secreciones glandulares u otras sustancias manipuladoras, y se prohíba por completo al menos para determinadas especies con elevado potencial de sufrimiento y estrés (entre otras zorro, tejón, marta, córvidos).
- que, en caso de que aún se autoricen trampas, estas solo puedan utilizarse como trampas de captura en vivo conformes con la protección animal, bajo las siguientes condiciones acumulativas:
- intervalos de control obligatorios y muy breves (control al menos diario, en épocas sensibles intervalos más cortos)
- protección de los animales capturados frente a la intemperie, el frío, el calor y la humedad
- directrices claras para una matanza inmediata, técnicamente correcta y con el menor dolor posible, en caso de que no sea posible la liberación
- prohibición del uso en épocas sensibles como las fases de cría y crianza de especies no objetivo, siempre que no pueda excluirse la captura accidental.
- que el cantón establezca un sistema de autorización y control para todas las trampas y reclamos aún autorizados, en particular:
- registro e identificación de las trampas
- obligación de documentar los días de captura, las capturas objetivo y las accidentales
- controles aleatorios por parte de la guardia de fauna y otros órganos de ejecución.
- que las capturas accidentales de especies protegidas, animales domésticos u otras especies no objetivo deban notificarse obligatoriamente y conlleven una revisión de la idoneidad de la persona responsable para el ejercicio de la caza, llegando incluso a la retirada de la licencia de caza.
- que la formación y el examen de caza incluyan módulos obligatorios sobre derecho de protección animal, estándares éticos modernos, comportamiento de los animales capturados y alternativas a la caza con trampas y con reclamos.
- que el Consejo de Gobierno exponga en su mensaje:
- qué métodos de trampas y reclamos se emplean actualmente en el cantón
- qué formas resultan insostenibles desde el punto de vista del derecho de protección animal
- cómo las prohibiciones y restricciones propuestas conducen concretamente a un menor sufrimiento animal y a una mejor ejecución
- con qué consecuencias organizativas y financieras hay que contar para el cantón, los municipios y los distritos de caza.
El Consejo de Gobierno garantiza que las disposiciones cantonales se ajusten a los requisitos del derecho federal, pudiendo no obstante prever estándares de protección más amplios y estrictos en el ámbito de la protección animal.
2. Breve fundamentación
La caza con trampas y con reclamos se cuenta entre los ámbitos más brutales y opacos de la caza por afición, también en Suiza. Los animales atrapados en trampas tipo cajón y otros dispositivos de captura sufren a menudo durante largos períodos de miedo, dolor, sed, frío o calor. Las extremidades pueden resultar lesionadas, los animales caen presa del pánico, se hieren al debatirse o sufren daños internos. Incluso en las trampas que se venden como «conformes con la protección animal», los fallos de funcionamiento, los intervalos de control demasiado largos y la matanza inadecuada están a la orden del día.
Las trampas no distinguen con precisión entre especies objetivo y no objetivo. Una y otra vez, animales salvajes protegidos, crías, aves que nidifican en el suelo, erizos, gatos domésticos o perros caen en trampas que no estaban destinadas a ellos. Mueren lentamente o resultan heridos, sin que esto jamás se registre estadísticamente con rigor ni se haga público. Las capturas accidentales no son un accidente operativo marginal, sino una consecuencia sistémica de estos métodos.
La caza con reclamo mediante cebaderos, carroña, sonidos artificiales y sustancias odoríferas se basa en la manipulación deliberada de los instintos. Durante períodos prolongados se atrae a los animales salvajes a determinadas zonas, donde se acostumbran a los puntos de alimentación y luego son abatidos. Esto no solo resulta problemático desde el punto de vista ético, sino que también provoca un desplazamiento de los patrones naturales de movimiento, mayor estrés, recorridos innecesarios y una carga adicional para poblaciones que ya sufren la pérdida y la fragmentación de su hábitat.
Desde la perspectiva de una política cinegética moderna y orientada al bienestar animal, no puede justificarse que los cazadores y cazadoras de ocio dejen sufrir a los animales durante horas en trampas o los lleven a la muerte mediante un sofisticado sistema de cebos y reclamos. Esto contradice los principios fundamentales de la Ley suiza de protección de los animales, que prohíbe el dolor, el sufrimiento y la angustia innecesarios. Quien afirma actuar en nombre de un supuesto manejo de la fauna salvaje debe estar también dispuesto a renunciar a los métodos más brutales y arcaicos.
A esto se añade que la caza con trampas y con reclamo son especialmente opacas. Lo que ocurre en parcelas forestales remotas, en cebaderos o en trampas ocultas escapa en gran medida a la percepción pública. Los controles son difíciles, las capturas accidentales a menudo no se notifican o se notifican de forma incompleta, y las historias de sufrimiento de los animales afectados no aparecen en ninguna estadística oficial.
Por ello, la moción persigue tres objetivos:
- En primer lugar, deben prohibirse de forma coherente los métodos de captura y las prácticas de reclamo manifiestamente crueles con los animales.
- En segundo lugar, las trampas eventualmente restantes deben reducirse a unas pocas trampas de captura en vivo estrictamente controladas, con intervalos claros, requisitos de protección y estrictas obligaciones de documentación.
- En tercer lugar, la caza con reclamo mediante sonidos artificiales, presas falsas y sustancias odoríferas debe restringirse en la medida de lo posible o prohibirse por completo para las especies especialmente vulnerables.
En una época en la que cada vez más personas subrayan la corresponsabilidad moral del ser humano hacia otros seres sintientes, no es admisible que precisamente en el ámbito de la caza por afición, regulado por el Estado, se practiquen métodos que desde la perspectiva del bienestar animal deben calificarse claramente de crueles. Quien se aferra a la caza debe, al menos, desprenderse de las peores prácticas de violencia.
La caza con trampas y con señuelos es caza a la sombra. Quien quiera matar animales en nombre del Estado no debería poder hacerlo con dispositivos de tortura ocultos ni sistemas de cebo manipuladores.
